El certificado que tiene un afiliado, y la cobertura que se desprende de él. En el menú: Discapacidad, después Certificados (CUD).
Un CUD no es un trámite por el trámite mismo: mientras está vigente cambia qué tiene cubierto el afiliado y cuánto paga. Registrarlo acá es lo que hace que las reglas apliquen esa cobertura en el mostrador, en vez de que alguien tenga que acordarse. El personal de la obra social -gerencia y auditoría- registra y revoca; facturación y la gente del propio prestador pueden ver lo que está registrado.
Registrar un certificado
- Abrí Discapacidad, después Certificados (CUD).
- Buscá al afiliado por número.
- Usá Registrar un certificado: el número de CUD, el diagnóstico que consta, la fecha desde la que rige y la fecha hasta la que rige; dejá esa última vacía si es permanente.
- Adjuntá después el escaneo del certificado: lo que se le muestra a un juez es el certificado, no la fila de la pantalla.
Qué vas a ver
- Vigencia desde, y hasta; o permanente, cuando no hay fecha de fin.
- Quién lo registró, así un certificado nunca queda anónimo en el registro.
- Revocado, con su motivo: un certificado no se borra, se revoca y sigue a la vista.
- El afiliado no tiene certificados registrados: no consta nada a su nombre, y se aplica la cobertura ordinaria.
- Buscá un afiliado para ver sus certificados: la pantalla no lista a todo el mundo, y es a propósito.
